Hay una llamada que recibo casi cada semana. Cambia la voz, cambia el barrio, pero la pregunta es siempre la misma: «Lucía, tengo un local cerrado que solo me da gastos… ¿es verdad que se puede convertir en vivienda?»
Y mi respuesta también es siempre la misma: sí, se puede. Pero no siempre, y no con cualquier local. Así que hoy quiero contarte lo que miro yo cuando alguien me hace esa pregunta — en el mismo orden en que lo miro — para que tú puedas hacerte una primera idea sin gastar un euro.
Antes de medir nada: ¿qué dice el plan urbanístico?
Esto sorprende a mucha gente: lo primero no es ir al local con un metro. Es sentarse con el Plan General de Madrid (el famoso PGOUM) y mirar qué permite en esa parcela concreta.
Porque cada edificio de Madrid tiene unas reglas propias. Hay calles donde la planta baja debe seguir siendo comercial, sí o sí. Hay edificios protegidos donde apenas se puede tocar nada. Y hay una trampa que casi nadie conoce: el cupo de viviendas. Cada parcela admite un número máximo de viviendas, y si el edificio ya lo tiene agotado, tu local no podrá ser vivienda aunque cumpla todo lo demás. He visto a gente descubrirlo después de comprar. No se lo deseo a nadie.
Si el planeamiento da luz verde, entonces sí: vamos al local con el metro.
Los 40 metros que lo cambiaron todo
En noviembre de 2023, el Ayuntamiento cambió las reglas del juego. Hasta entonces, una vivienda en Madrid podía tener 38 m² útiles — y existía la figura del «estudio», que bajaba el listón a 25 m². Esa puerta se cerró: desde 2023, toda vivienda nueva necesita 40 m² útiles, sin excepciones.
Y ojo a la palabra útiles, porque tiene letra pequeña: no cuentan las zonas con techo por debajo de 2,20 m, ni terrazas, ni tendederos. Un local que «mide 42» en escritura puede quedarse en 38 reales en cuanto descuentas el altillo bajo.
A mí esta norma me tocó vivirla en primera persona con un local en Vallecas de 35 m². Cuando supimos que el cambio normativo venía, corrimos para tramitar la licencia con la norma antigua. Lo conseguimos por semanas. Hoy es una vivienda alquilada en planta baja; si hubiéramos esperado, sería un local cerrado para siempre. La moraleja me la guardo para el final.


Lo demás que debe cumplir (la lista honesta)
Te lo resumo como se lo explico a mis clientes en la primera visita:
- Altura: 2,50 m libres en las estancias donde se hace vida (en baños y pasillos vale 2,20).
- Fachada: al menos 3 metros dando a la calle o a un patio en condiciones, con una estancia de 12 m² asomada a esa fachada. Traducción: un local interior, sin luz natural, no va a poder ser vivienda. Es el requisito que más proyectos tumba.
- Posición: planta baja o piso. Los sótanos y semisótanos quedan fuera, y ya no se admite ni que una parte de la vivienda quede bajo el nivel de la calle.
- Lo invisible: al cambiar el uso, la normativa de eficiencia energética trata tu local como si fuera obra nueva. En cristiano: habrá que aislar las fachadas por dentro, cambiar las ventanas y, muchas veces, aislar también el suelo. No es opcional, y conviene saberlo antes de hacer números.
¿Suena exigente? Lo es. Pero también te digo: los locales que cumplen, existen, y Madrid está lleno de ellos esperando una segunda vida. Dos de los míos eran un bar abandonado y un almacén.
¿Y los vecinos pueden decir que no?
Depende, y aquí hay más mito que realidad. Si los estatutos de tu comunidad no prohíben expresamente el cambio de uso (la mayoría no lo hacen) y tu obra no toca elementos comunes, no necesitas pedir permiso a la junta.
La excepción importante: la fachada. Si para conseguir luz y ventilación necesitas abrir o agrandar ventanas — y es frecuente — estás tocando un elemento común, y ahí sí necesitas el acuerdo de la comunidad. Es una de las primeras cosas que compruebo, porque más vale saber el ambiente de la escalera antes que después.
El camino completo, de local a vivienda
Por si te ayuda visualizarlo, el recorrido es este: primero el estudio de viabilidad (todo lo que te he contado arriba, aplicado a tu local). Después, el proyecto técnico firmado por un arquitecto. Con él se pide la licencia al Ayuntamiento — la parte más lenta del proceso. Luego viene la obra. Y al final, la licencia de primera ocupación y la inscripción en el Registro y el Catastro, que es el momento en que tu local pasa a ser, oficialmente y para siempre, una vivienda.
¿Tiempo total? Entre 6 y 12 meses, siendo realistas. ¿Cuánto cuesta? Eso da para un artículo entero, y lo tienes aquí en el blog.
La moraleja que te debía
El local de Vallecas se salvó por semanas. Otros no llegaron a tiempo, y algunos nunca pudieron empezar porque alguien compró sin comprobar. Si algo me ha enseñado este trabajo es que la decisión más rentable se toma antes de empezar: saber si tu local puede, o no puede. Las dos respuestas valen dinero — una te abre un proyecto, la otra te ahorra un disgusto enorme.
Si tienes un local en Madrid y quieres salir de dudas, cuéntamelo. En 15 minutos de llamada te digo, con total honestidad, si le veo recorrido.
Preguntas rápidas
¿Cuál es la superficie mínima para que un local sea vivienda en Madrid?
40 m² útiles desde noviembre de 2023. Y cuidado al medir: no cuentan las zonas con techo bajo (menos de 2,20 m), ni terrazas ni tendederos.
Mi local es interior, sin ventanas a la calle. ¿Puede ser vivienda?
Siendo honesta: casi seguro que no. La normativa exige fachada de 3 metros con luz y ventilación natural en las estancias principales, y eso un local interior no puede ofrecerlo.
¿Necesito el permiso de la comunidad de vecinos?
Solo si los estatutos prohíben el cambio de uso (poco habitual) o si tu obra toca elementos comunes, como abrir ventanas en fachada. En el resto de casos, no.
¿Cuánto tarda todo el proceso?
Entre 6 y 12 meses: proyecto, licencia (lo más lento), obra y trámites finales.


