Si tu reforma en Madrid necesita declaración responsable, la documentación técnica tiene que redactarla y firmarla un técnico competente; en vivienda, normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico, según el tipo de obra. Ni el reformista ni tú podéis firmarla. El arquitecto visita tu piso, redacta la memoria y los planos, presenta el expediente ante el Ayuntamiento y firma la documentación técnica que justifica que la obra cumple la normativa. Gracias a eso puedes empezar la obra el mismo día de la presentación, sin esperar respuesta municipal (art. 157.1 de la Ley 9/2001).
Los datos clave
| Quién firma la documentación | Un técnico competente (art. 24.5 de la Ordenanza 6/2022); en vivienda, normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico |
| Normativa | Ordenanza 6/2022 del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM) y art. 159 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid |
| Inicio de la obra | Desde el día de la presentación de la declaración responsable |
| Control municipal | Posterior: si hay deficiencia, requerimiento para subsanar, con el plazo que indique la notificación, o resolución de ineficacia (arts. 29 y 30 de la Ordenanza 6/2022) |
| Ámbito | Madrid capital |
¿Necesitas un arquitecto para tu declaración responsable?
Sí, siempre que la obra exija documentación técnica, y casi cualquier reforma con entidad la exige: cambiar la distribución, tirar tabiques no estructurales o redistribuir cocina y baño. Ojo: cambiar acabados (suelos, alicatados, pintura) o renovar las instalaciones de tu vivienda por otras similares, en el mismo sitio, no necesita ni licencia ni declaración responsable (art. 160.f de la Ley 9/2001 y art. 6 de la Ordenanza 6/2022). Tienes el detalle de qué reformas necesitan declaración responsable explicado sin jerga en otro artículo.
El matiz que confunde a mucha gente: la declaración responsable la puede presentar el promotor — o sea, tú. Pero la documentación técnica que la acompaña debe estar suscrita por un técnico competente, según el art. 24.5 de la Ordenanza 6/2022 del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM, BOCM de 17 de mayo de 2022). Una declaración presentada «por libre», sin esa firma, es la causa más frecuente de ineficacia que me encuentro.
¿Qué hace exactamente el arquitecto? Paso a paso
Contratar a un arquitecto para una declaración responsable no es pagar por una firma. Es esto:
- Visita tu piso y te dice la verdad. Qué trámite necesita tu obra (a veces no es la declaración responsable), qué riesgos hay y qué no merece la pena hacer. Por escrito.
- Redacta la documentación técnica. Memoria descriptiva de la actuación y planos del estado actual y reformado. Es lo que el Ayuntamiento va a revisar, así que es donde se juega todo.
- Presenta el expediente telemáticamente ante el Ayuntamiento de Madrid y paga contigo las tasas que correspondan.
- Tú empiezas la obra — desde el día de la presentación, sin esperar autorización expresa.
- Queda disponible por si llega un requerimiento. Si la declaración tuviera una deficiencia, en Madrid capital se sigue el procedimiento de la Ordenanza 6/2022 (arts. 29 y 30): un requerimiento para subsanar, con el plazo que indique la notificación, o la resolución de ineficacia. El arquitecto está para responder a tiempo; la mayoría de los expedientes que acaban mal es por un requerimiento que nadie contestó, no por la obra.
Un ejemplo del tipo de obra que se tramita así: la reforma integral de un piso de 56 m² en Legazpi, con cambio completo de distribución.
¿Puede firmarla el reformista? ¿Y tú mismo?
No. El reformista puede construir de maravilla, pero no puede firmar la documentación técnica ni asumir la responsabilidad profesional que la ley exige. Y tú, como promotor, puedes presentar el trámite, pero no sustituir al técnico.
Esto no es una formalidad corporativista: la declaración responsable funciona precisamente porque un técnico competente firma la documentación técnica que justifica que tu obra cumple la normativa, y tú declaras, bajo tu responsabilidad, que la cumple (anexo II.B.6 de la Ordenanza 6/2022). Ese técnico responde con su firma. Si una empresa de reformas te dice que «ellos lo gestionan todo» sin un técnico identificado detrás, pregunta quién firma. Si la respuesta es vaga, ahí tienes tu semáforo rojo.
Mi trabajo no acaba cuando presentas la declaración. Al terminar la obra firmo el certificado final, que va con la comunicación de final de obra. Si ese paso se quedó sin hacer, lee qué pasa si no comunicaste el final de obra en Madrid.
¿Qué pasa si la declaración responsable se presenta mal?
El Ayuntamiento puede declararla ineficaz: tu obra se queda sin título que la ampare, no puedes iniciarla ni continuarla y, si procede, tendrás que devolver lo hecho a su estado anterior (arts. 29.2 y 30.1.a de la Ordenanza 6/2022). No es una multa automática y casi siempre tiene arreglo, pero cuesta tiempo, un parón de obra y unos honorarios que suelen coincidir, casi al euro, con lo que se «ahorró» al principio.
Le dediqué un artículo entero: declaración responsable ineficaz en Madrid, qué hacer paso a paso. El rescate de declaraciones ineficaces es, de hecho, una parte importante de mi trabajo — casi siempre por el mismo origen: no había arquitecto al principio.
Y si el Ayuntamiento te pide que corrijas algo, no te asustes. Es un trámite habitual. Te cuento cómo responder en requerimiento de subsanación de una declaración responsable: qué es y qué plazo tienes.
¿Cómo elegir arquitecto para una declaración responsable en Madrid?
Cuatro comprobaciones antes de contratar, sea yo o cualquier otro profesional:
- Colegiación verificable. Pide su número de colegiado y compruébalo en el buscador de su colegio (el COAM, si está colegiado en Madrid).
- Experiencia con el trámite madrileño. La declaración responsable de Madrid tiene sus propias reglas (la OLDRUAM) y su propia práctica: según la obra y según tramites o no con una entidad colaboradora, la comprueba el distrito, la Dirección General de la Edificación o la Agencia de Actividades. Pregunta cuántas ha tramitado y qué pasó con ellas.
- Precio cerrado por escrito, antes de empezar. No hay tarifa oficial de honorarios; lo que te protege es saber el coste exacto de cada fase por adelantado.
- Que te diga también lo que no quieres oír. Si tu obra no necesita declaración responsable, o necesita licencia, o no conviene hacerla, el técnico honesto te lo dice antes de cobrarte. Ojo especialmente con el cambio de uso de local a vivienda: el trámite depende sobre todo del uso característico del edificio. Va por declaración responsable si el edificio ya es residencial y la obra no necesita proyecto por otro motivo; va por licencia si cambia el uso característico del edificio, si la obra necesita proyecto según la LOE (por ejemplo, porque altera de forma esencial la estructura o la fachada), si afecta a elementos protegidos o si el edificio está fuera de ordenación absoluta o tiene infracciones sin resolución de prescripción (Anexo I de la Ordenanza 6/2022). En todos los casos exige documentación técnica de un técnico competente; si requiere proyecto según la LOE, en uso residencial lo redacta un arquitecto — lo explico en la guía completa del cambio de uso 2026.
Cómo trabajo yo
Mi servicio de declaración responsable en Madrid cubre el expediente de principio a fin: visita, memoria, planos, presentación telemática, seguimiento de requerimientos y cierre. Con precio cerrado por adelantado y una regla que no rompo: si tu obra no lo necesita, te lo digo en la primera llamada y no hay encargo.
Esa primera llamada es gratuita, dura 15 minutos y sirve exactamente para eso: que sepas qué necesita tu reforma antes de gastar un euro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la declaración responsable yo mismo, sin arquitecto?
Puedes presentar el trámite como promotor, pero la documentación técnica que lo acompaña la tiene que firmar un técnico competente (en vivienda, normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico, según la obra) cuando la obra la exige, y casi toda reforma con entidad la exige. Una declaración sin esa firma es causa habitual de ineficacia: el Ayuntamiento la deja sin efectos y la obra queda sin amparo.
¿Quién puede firmar una declaración responsable de obras en Madrid?
La declaración responsable la firmas tú, como titular, o quien te represente; la documentación técnica que la acompaña, un técnico competente: en obras de vivienda, normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico, según el tipo de actuación. La colegiación se puede verificar gratis en el buscador del COAM (arquitectos) o del colegio de aparejadores. Ni el reformista ni una gestoría pueden firmar la documentación técnica.
¿Cuánto cobra un arquitecto por una declaración responsable en Madrid?
No existe tarifa oficial: depende de la entidad de la obra y de la documentación necesaria. Lo importante es que el presupuesto sea cerrado y por escrito antes de empezar. Yo trabajo así: conoces el coste exacto antes de encargar nada, y la primera llamada de orientación es gratuita.
¿Cuándo puedo empezar la obra después de presentar la declaración responsable?
Desde el mismo día de la presentación, sin esperar la respuesta del Ayuntamiento. El control es posterior: si el Ayuntamiento detecta una deficiencia, el Ayuntamiento de Madrid sigue el procedimiento de la Ordenanza 6/2022 (arts. 29 y 30): puede requerirte que subsanes, con el plazo que indique la notificación, o declarar la ineficacia. Los 10 días del art. 159 de la Ley 9/2001 son una regla supletoria para los municipios sin procedimiento propio.
¿Y si mi declaración responsable ya fue declarada ineficaz?
Casi siempre tiene solución, pero no basta con aportar el papel que faltaba: la ineficacia se mantiene hasta que obtienes licencia o presentas una nueva declaración responsable que corrija los fallos y el Ayuntamiento la comprueba favorablemente (art. 30.2 de la Ordenanza 6/2022). Si el incumplimiento es esencial o reiterado, pueden impedirte presentar otra con el mismo objeto durante entre 3 meses y 1 año (art. 30.1.b). El primer paso es leer la notificación e identificar la causa exacta. Es uno de mis servicios habituales — el rescate de declaraciones responsables ineficaces.
¿La declaración responsable necesita el visado del Colegio de Arquitectos?
Depende del trabajo, no de que sea declaración responsable o licencia. El visado del colegio profesional solo es obligatorio para los trabajos del artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, por ejemplo el proyecto de ejecución de una obra que necesita proyecto según la Ley de Ordenación de la Edificación; en los demás casos es voluntario (art. 24.5 de la Ordenanza 6/2022). Lo que sí es obligatorio es que la documentación técnica la firme un técnico competente.
Fuentes oficiales
- Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM) — BOCM de 17 de mayo de 2022. Versión consolidada en la sede electrónica del Ayuntamiento.
- Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid — art. 159 (control posterior de las declaraciones responsables), versión consolidada en el BOE.
- Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) — buscador de arquitectos colegiados en Madrid.
- Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
Lucía Fernández es arquitecta colegiada por el COAM (nº 16.510) e inversora inmobiliaria: +10 años de experiencia en Madrid capital, especializada en declaraciones responsables y cambio de uso. Revisado y actualizado: 3 de octubre de 2026.
Lucía Fernández es arquitecta colegiada por el COAM (nº 16.510) e inversora inmobiliaria en Madrid. Con más de 10 años de experiencia y más de 20 locales transformados en vivienda, está especializada en cambios de uso, declaraciones responsables y regularización de obras en Madrid capital. Escribe para ayudar a propietarios e inversores a decidir con criterio.


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